DeCA: qué es, quién lo emite y cómo hacerlo (guía 2026)
El DeCA es el documento de control administrativo que acompaña a cada envío en el transporte público de mercancías por carretera. Existe desde 2013, pero desde el 5 de octubre de 2026 tiene que emitirse en formato electrónico: ya no vale un papel rellenado a mano.
Qué es el DeCA
DeCA son las siglas de documento de control administrativo (en su versión digital, documento electrónico de control administrativo). Lo regula la Orden FOM/2861/2012, que lo define como el documento exigible en los transportes públicos de mercancías por carretera, y que debe formalizarse por cada envío.
No es un documento comercial: no sirve para facturar ni para acreditar la entrega. Sirve para que la Inspección de Transporte y los agentes en carretera sepan quién ha contratado el transporte, quién lo hace, qué se lleva y de dónde a dónde.
Desde cuándo es obligatorio en formato electrónico
La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible fijó un plazo de diez meses desde su entrada en vigor para que el documento de control fuera necesariamente digital. Ese plazo terminó el 5 de octubre de 2026.
Cómo tiene que ser ese documento electrónico lo detalla la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril: un PDF generado de forma nativa (no un papel escaneado), guardado en un repositorio, accesible desde una dirección web con HTTPS sin pedir usuario ni contraseña y con un código QR que lleva a esa dirección.
Quién está obligado
El DeCA se exige en el transporte público de mercancías por carretera (el que se hace por cuenta de terceros a cambio de un precio) con origen y destino en España, incluido el cabotaje que hace un transportista extranjero dentro del país.
Lo deben formalizar las dos partes del contrato:
- El cargador contractual: quien contrata el transporte en nombre propio. Puede ser el dueño de la mercancía, pero también una agencia o un operador que subcontrata.
- El transportista efectivo: la empresa o el autónomo que hace materialmente el transporte con su vehículo y su autorización.
Según el art. 7 de la Orden, los dos responden si el documento no se formaliza o no va a bordo. Además, cada uno responde de sus propios datos: el cargador, de los suyos, los del transportista, el origen, el destino y la mercancía; el transportista, de la fecha, la matrícula y la autorización especial si la hay.
Transportes exentos
El art. 2 de la Orden deja fuera:
- Los transportes que no necesitan autorización de transporte (título habilitante).
- Las mudanzas.
- El traslado de vehículos accidentados o averiados en vehículos especiales.
- La paquetería y servicios similares de recogida o reparto de pocos bultos fáciles de manipular.
El transporte internacional tampoco usa el DeCA: lleva los documentos de control de los convenios que ha firmado España, como la carta de porte CMR.
Qué datos debe llevar el DeCA
El art. 6 de la Orden fija el contenido mínimo:
| Dato | Responde |
|---|---|
| Nombre o razón social, NIF y domicilio del cargador contractual | Cargador |
| Nombre o razón social y NIF del transportista efectivo | Cargador |
| Lugar de origen y de destino del envío | Cargador |
| Naturaleza y peso de la mercancía (u otra medida si el peso exacto es difícil de determinar) | Cargador |
| Autorización especial de circulación, si el vehículo la necesita | Transportista |
| Fecha de realización del transporte | Transportista |
| Matrícula del vehículo y, en un conjunto articulado, también la del remolque o semirremolque | Transportista |
| Observaciones o reservas, si alguna de las partes las pide | Quien las añade |
Si el vehículo cambia durante el transporte (por ejemplo, por una avería), hay que hacerlo constar.
Cómo se hace un DeCA electrónico, paso a paso
- Reúne los datos del envío: cargador contractual (con NIF y domicilio), origen, destino, mercancía y peso, vehículo y remolque.
- Genera el PDF antes de empezar el transporte. Tiene que crearse de forma digital (un programa, no un escaneo) y llevar sus metadatos de fecha de creación.
- Publícalo en una dirección web segura (HTTPS) desde la que cualquiera pueda descargarlo sin usuario ni contraseña, e incluye un código QR que apunte a ella.
- Entrega una copia al conductor antes de salir, para que la tenga a bordo en el móvil o impresa.
- Si algo cambia (destino, carga o vehículo), modifica el documento dejando el motivo y la fecha del cambio, o emite uno nuevo conservando el original.
- Consérvalo al menos un año: tanto el cargador como el transportista deben guardar su ejemplar a disposición de la Inspección.
Con partesAPP estos pasos salen solos. El conductor inicia el viaje en el móvil eligiendo carga, origen y destino, y la aplicación emite el DeCA con número, versión, QR y dirección pública. Si algo cambia, emite una versión nueva con el motivo y la anterior queda sustituida.
Varios envíos en un mismo DeCA
La Resolución de 2026 permite agrupar varios envíos en un solo documento cuando coinciden el cargador contractual y el transportista efectivo, siempre que cada envío identifique su origen, su destino, su mercancía y su peso.
Otros documentos que pueden servir de DeCA
Una carta de porte u otra documentación del transporte vale como documento de control si contiene todos los datos del art. 6. La Resolución menciona expresamente el documento de transporte de mercancías peligrosas (ADR) y el documento de identificación del traslado de residuos. Más detalle en DeCA, albarán y carta de porte: diferencias.
Cómo se comprueba en un control
El agente escanea el QR desde el móvil del conductor o desde el papel y descarga el PDF desde la dirección pública, sin credenciales. Así comprueba que el documento existe, que es auténtico y que es la versión vigente. La dirección puede desactivarse a partir de siete días naturales después de terminar el servicio, pero la obligación de conservar el documento durante un año sigue.
Qué pasa si no se lleva
No llevar el documento de control, o llevarlo sin datos esenciales, es una infracción grave del art. 141.17 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, con una multa de 401 a 600 euros. Lo explicamos en Sanciones por no llevar el documento de control.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el DeCA?
Es el documento de control administrativo que debe acompañar a cada envío en el transporte público de mercancías por carretera. Desde el 5 de octubre de 2026 tiene que existir en formato electrónico.
¿Quién tiene que emitir el DeCA?
El cargador contractual y el transportista efectivo. Los dos responden si no se formaliza, y cada uno de los datos que le corresponden.
¿Cuánto tiempo hay que conservar el DeCA?
Al menos un año, a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre (art. 9 de la Orden FOM/2861/2012).
¿Hace falta DeCA en un transporte internacional?
No. El DeCA es para el transporte interior, cabotaje incluido. En el internacional se usan los documentos de control de los convenios suscritos por España, como la carta de porte CMR.
Fuentes: Orden FOM/2861/2012 (texto consolidado, incluye la Orden TRM/282/2026) · Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784) · Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible · Ley 16/1987 (LOTT). Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento jurídico.