Sanciones por no llevar el documento de control (DeCA)

Última revisión: · Equipo de partesAPP

No llevar el documento de control (DeCA), llevarlo sin datos esenciales o no conservarlo es una infracción grave de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, sancionada con una multa de 401 a 600 euros.

Qué dice la ley

El art. 141.17 de la Ley 16/1987 (LOTT) tipifica como infracción grave:

  • La carencia del documento de control, su falta de diligenciado o la falta de datos esenciales.
  • Que la empresa no vele por que los conductores lleven, en papel o en formato electrónico, la documentación obligatoria en los controles en carretera.
  • La ocultación o la falta de conservación de esa documentación.

El art. 143.1.d) de la misma ley fija para esta infracción una multa de 401 a 600 euros. La cuantía concreta se gradúa según la repercusión del hecho, la intención, el perjuicio causado, el beneficio obtenido y la reincidencia.

Si los hechos encajan en alguna de las infracciones muy graves del art. 140 a las que remite el propio art. 141.17, se sanciona por esa y no como infracción grave del documento de control.

Quién paga la multa

La Orden FOM/2861/2012 reparte la responsabilidad (art. 7):

SituaciónResponsable
No se ha formalizado el documentoCargador contractual y transportista efectivo
El documento no va a bordo del vehículoLos dos, salvo que el cargador demuestre que lo emitió
Datos del cargador, del transportista, origen, destino o mercancía erróneos o incompletosCargador contractual
Fecha, matrícula o autorización especial erróneas o incompletasTransportista efectivo

Situaciones habituales que acaban en sanción

  • El conductor sale sin el documento porque la oficina lo emite después, al facturar.
  • La matrícula no coincide: se cambió de camión o de remolque y nadie actualizó el documento.
  • Falta el NIF o el domicilio del cargador, sobre todo cuando quien contrata es una agencia y no el cliente final.
  • No se encuentra el documento cuando la Inspección lo pide meses después. Hay que conservarlo al menos un año.
  • Desde el 5 de octubre de 2026, llevarlo solo en papel: el documento tiene que existir en formato electrónico (ver la guía del DeCA).

Cómo evitarlo

  1. Emite el DeCA antes de que el camión salga, no al final del día.
  2. Toma los datos del cargador, del vehículo y del remolque de una ficha ya guardada, en lugar de teclearlos en cada viaje.
  3. Si cambia el vehículo, el destino o la carga, deja constancia del cambio y del motivo en el propio documento.
  4. Guarda todos los documentos en un mismo sitio, localizables por fecha, conductor, matrícula o cliente.

partesAPP hace las cuatro cosas: el DeCA sale del viaje que inicia el conductor, con los datos de las fichas de cargadores, camiones y remolques, con versiones si algo cambia y guardado en el panel de la oficina.

Fuentes: Ley 16/1987, arts. 141.17 y 143.1.d) (texto consolidado) · Orden FOM/2861/2012, arts. 7 y 9. Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento jurídico.