Sanciones por no llevar el documento de control (DeCA)
No llevar el documento de control (DeCA), llevarlo sin datos esenciales o no conservarlo es una infracción grave de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, sancionada con una multa de 401 a 600 euros.
Qué dice la ley
El art. 141.17 de la Ley 16/1987 (LOTT) tipifica como infracción grave:
- La carencia del documento de control, su falta de diligenciado o la falta de datos esenciales.
- Que la empresa no vele por que los conductores lleven, en papel o en formato electrónico, la documentación obligatoria en los controles en carretera.
- La ocultación o la falta de conservación de esa documentación.
El art. 143.1.d) de la misma ley fija para esta infracción una multa de 401 a 600 euros. La cuantía concreta se gradúa según la repercusión del hecho, la intención, el perjuicio causado, el beneficio obtenido y la reincidencia.
Si los hechos encajan en alguna de las infracciones muy graves del art. 140 a las que remite el propio art. 141.17, se sanciona por esa y no como infracción grave del documento de control.
Quién paga la multa
La Orden FOM/2861/2012 reparte la responsabilidad (art. 7):
| Situación | Responsable |
|---|---|
| No se ha formalizado el documento | Cargador contractual y transportista efectivo |
| El documento no va a bordo del vehículo | Los dos, salvo que el cargador demuestre que lo emitió |
| Datos del cargador, del transportista, origen, destino o mercancía erróneos o incompletos | Cargador contractual |
| Fecha, matrícula o autorización especial erróneas o incompletas | Transportista efectivo |
Situaciones habituales que acaban en sanción
- El conductor sale sin el documento porque la oficina lo emite después, al facturar.
- La matrícula no coincide: se cambió de camión o de remolque y nadie actualizó el documento.
- Falta el NIF o el domicilio del cargador, sobre todo cuando quien contrata es una agencia y no el cliente final.
- No se encuentra el documento cuando la Inspección lo pide meses después. Hay que conservarlo al menos un año.
- Desde el 5 de octubre de 2026, llevarlo solo en papel: el documento tiene que existir en formato electrónico (ver la guía del DeCA).
Cómo evitarlo
- Emite el DeCA antes de que el camión salga, no al final del día.
- Toma los datos del cargador, del vehículo y del remolque de una ficha ya guardada, en lugar de teclearlos en cada viaje.
- Si cambia el vehículo, el destino o la carga, deja constancia del cambio y del motivo en el propio documento.
- Guarda todos los documentos en un mismo sitio, localizables por fecha, conductor, matrícula o cliente.
partesAPP hace las cuatro cosas: el DeCA sale del viaje que inicia el conductor, con los datos de las fichas de cargadores, camiones y remolques, con versiones si algo cambia y guardado en el panel de la oficina.
Fuentes: Ley 16/1987, arts. 141.17 y 143.1.d) (texto consolidado) · Orden FOM/2861/2012, arts. 7 y 9. Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento jurídico.